Geaco Administración de Fincas en Sevilla

La inspección de la instalación eléctrica de baja tensión es una revisión periódica obligatoria, que establece el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión , aprobado por R.D. 842/2002 de 2 de agosto, por la que se examina el buen estado y la conservación de las instalaciones de su edificio.

Las comunidades de vecinos están obligadas a realizar esta revisión si la suma de la potencia contratada por todas las viviendas supera los 100 kw. En GEACO Administración de Fincas nos hacemos cargo de todo este proceso informando a nuestras comunidades si se encuentran afectadas por esta obligación de revisión periódica. De esta manera, se evitan las consecuencias que podría llegar a soportar la comunidad, derivada del incumplimiento de la normativa:

En primer lugar, podría ser sancionada por la Junta de Andalucía.

Por otro lado, si se produjese un incidente en el edificio, puede encontrarse ante la situación de que el seguro comunitario se negase a hacerse cargo de los desperfectos por no haber realizado la correspondiente revisión, y teniendo de este modo que cargar la comunidad con los gastos que suponga el problema.

¿En qué consiste la inspección de la instalación eléctrica?

Tanto la primera inspección periódica como las sucesivas, deben ser realizadas por Organismos de Control, siendo un personal cualificado quien se tendrá que personar en su comunidad y revisar la instalación, para verificar que se encuentra adaptada a la normativa. En caso contrario, dicha empresa propondrá un presupuesto sin compromiso para subsanar los defectos, y GEACO Administración de Fincas, nos comprometemos a presentar a su comunidad otros presupuestos para que puedan contratar el que consideren más oportuno.

En el caso de riesgo inminente de accidentes se deben tomar las medidas inmediatas adecuadas para evitar el riesgo, incluso quedando las instalaciones fuera de uso si fuera preciso.

Las instalaciones que afectan a su comunidad y que deberán ser revisadas cada 10 años son:

  • Instalaciones comunes de los edificios de viviendas con potencia total instalada y superior a 100 kw entre todas las viviendas.

Por otro lado, tendrán que ser revisadas cada 5 años:

  • Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW
  • Locales de Pública Concurrencia
  • Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto garajes de menos de 25 plazas
  • Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW
  • Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW
  • Quirófanos y salas de intervención
  • Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior a 5 kW.

Con GEACO Administración de Fincas, su comunidad tendrá la tranquilidad de saber que se encuentra al día tanto en cuestiones legales como en materia de seguridad.

No se lo piense más y solicítenos presupuesto sin compromiso.